ACTIVIDAD SALUD OCUPACIONAL
1. Indagar la historia de la SO y su relación con la situación actual
de la salud en Colombia.
La Salud Ocupacional surgió
desde la edad de piedra donde tenían que enfrentarse a diferentes riesgos por
la caza, para ello se crearon unos “dispositivos de seguridad” hechos con
piedra, hueso, y barro que los protegían contra los golpes a la hora de
disparar una flecha .
La relación con la situación
actual de la Salud en Colombia es que gracias a la salud ocupacional se vela
para que se cumplan los derechos y deberes de los trabajadores en cuanto a los
riesgos y enfermedades que se pueden dar en el campo laboral entonces desde
siempre se ha velado para que esto se cumpla en nuestro país.
En Colombia la Salud
Ocupacional surgió por Rafael Uribe el cual era un abogado, periodista, militar
y diplomático colombiano. Él fue quien hablo sobre la Seguridad en el trabajo y
años mas tarde como senador propuso un proyecto de ley sobre accidentes de
trabajo el cual fue aprobado.
2. Consultar los conceptos de: Salud, Trabajo, ambiente de trabajo,
riesgo, factor de riesgo, incidente, accidente de trabajo, enfermedad
profesional, salud ocupacional, decretos y resoluciones que reglamenta la salud
ocupacional en Colombia.
Salud: Es el estado de completo
bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad o
dolencia, según la definición presentada por la Organización Mundial de la
Salud en su constitución aprobada en 1948
Trabajo: El trabajo es la actividad
realizada por el hombre, con la meta de recibir algo a cambio, es decir, una
remuneración; así tanto el que contrata al trabajador para determinada tarea,
como el trabajador mismo, se benefician mutuamente.
Ambiente de trabajo: Son las
condiciones que se viven dentro del entorno laboral.
Riesgo: Proximidad o contingencia de un
posible daño.
Factor de riesgo: Es toda
circunstancia o situación que aumenta las probabilidades de una persona de
contraer una enfermedad o cualquier otro problema de salud.
Accidente de trabajo: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del
trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud (una lesión orgánica,
una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida,
fractura, quemadura.
Enfermedad profesional: Es el daño a la
salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo
presentes en el ambiente de trabajo.
Salud ocupacional: Se define como
la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados
en sus sitios de trabajo.
En Colombia el campo de la
Salud Ocupacional, se encuentra enmarcado en toda la reglamentación dada a
través del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decretos y resoluciones que reglamenta la salud ocupacional en
Colombia.:
La ley que reglamenta la
salud ocupacional en Colombia es la ley 100 de 1993.
La Ley 100 de 1993
estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de
tres componentes como son:
• El Régimen de Pensiones
• La Atención en Salud
• El Sistema General de Riesgos Profesionales.
• La Atención en Salud
• El Sistema General de Riesgos Profesionales.
3. Leer el documento sistema general de riesgos profesionales. Consultar
ley 100.
SISTEMA GENERAL
DE RIESGOS PROFESIONALES.
ARTÍCULO 249. Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesionales.
Las pensiones de invalidez originadas en accidentes de trabajo o enfermedad profesional continuará rigiéndose por las disposiciones vigentes, salvo lo dispuesto en relación con el sistema de calificación del estado de invalidez y las pensiones de invalidez integradas a que se refieren los artículos siguientes.
ARTÍCULO 250 Calificación del Estado de Invalidez.
La calificación del estado de invalidez derivado de accidente de trabajo o enfermedad profesional se sujetará a lo dispuesto en esta ley para la calificación de la invalidez por riesgo común.
ARTÍCULO 251 Pensiones de Invalidez Integradas.
En el régimen de ahorro individual con solidaridad, los seguros para amparar la invalidez por riesgo común y la invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional, podrán ser contratados de manera conjunta con una misma compañía de seguros, cuando los trabajadores y empleadores así lo decidan. En este evento, el amparo para el riesgo de invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional, deberá ser equivalente o superior, al otorgado por el seguro de accidente de trabajo y enfermedad profesional a cargo del Instituto de Seguros Sociales o del que actualmente les aplica, en el caso de los trabajadores de la rama jurisdiccional.
La compañía de seguros señalará el monto de la cotización para el seguro de accidentes de trabajo y enfermedad profesional a cargo del empleador, y dejará de ser obligatoria la cotización al Instituto de Seguros Sociales por dicho concepto.
ARTÍCULO 252. Normas Comunes.
Cuando el seguro para ampliar el riesgo de accidente de trabajo o enfermedad profesional se contrate en la forma prevista en el artículo anterior, le serán aplicables en lo pertinente las disposiciones de los seguros de invalidez por riesgo común.
ARTÍCULO 253. Devolución de Saldos.
Cuando un afiliado al régimen de ahorro individual con solidaridad se invalide por accidente de trabajo o enfermedad profesional, además de la pensión por invalidez que cubre la cotización a cargo del empleador, se le entregará la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional y en este caso no habrá lugar a bono pensional.
ARTÍCULO 254. Prestaciones Médico Asistenciales.
Los servicios de salud derivados de accidentes de trabajo o enfermedad profesional, serán presentados por las Entidades Promotoras de Salud de que trata la presente ley, quienes repetirán contra las entidades encargadas de administrar los recursos del seguro de accidentes de trabajo y enfermedad profesional a que esté afiliado el respectivo trabajador.
4. Describa el porcentaje de liquidación para
EPS, F.P., discriminando responsabilidad del empleador y del empleado. Explique
el significado de las siglas SGRP, E.G.M., I.V.M., A.F.P, IP.S., A.T. E.P. y
A.R.P.
|
Porcentaje Total
|
Empleador
|
Trabajador
|
Salud
|
12.5%
|
8.5%
|
4%
|
Pensión
|
16%
|
12%
|
4%
|
ARP
|
Entre 0.522% y 8.7%
|
100%
|
|
S.G.R.P: Sistema general de riesgos
profesionales.
E.G.M: Enfermedad general y maternidad.
I.V.M: Instituto verificador de medios
A.F.P: Administradora fondos de pensiones.
I.P.S: Instituciones prestadoras de salud.
A.T.E.P: Accidente de trabajo y enfermedad
profesional.
A.R.P: Administradora de riesgos
profesionales.
5. Leer y analizar el documento, 1295 de
1994, cómo se llama este decreto ley, Señale el objetivo general y los
específicos del SGRP, consulte el decreto en el artículo 9, defina accidente de
trabajo, artículo 11, obligaciones del empleador, según el artículo 21,
obligaciones del empleado, según artículo 22, obligaciones de la ARP, según el
artículo 22, y prestaciones según el artículo 34 de la misma ley. Cuáles son
sus deberes y derechos frente a la prevención del ATEP y a qué prestaciones
tiene derecho en caso de indemnización por: invalidez parcial, invalidez
permanente parcial, invalidez permanente total y muerte. Elabore un cuadro
sinóptico.
1295 de 1994 “Por la cual se
determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”
|
||
SGRP
|
Objetivo general:
Garantizar
los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la
calidad de vida de acorde con la dignidad humana, mediante la protección de
las contingencias que afectan.
|
Objetivos específicos:
-
Establecer actividades de promoción y prevención.
-
Fijar las prestaciones de atención a salud.
-
Pagar las prestaciones económicas.
-
Establecer los orígenes de los accidentes y
enfermedades profesionales.
|
Accidente
de trabajo: Es todo suceso repentino que venga por causa durante la ejecución
del trabajo, el que se produzca
durante el traslado de los trabajos desde su resistencia a los lugares de
trabajo o viceversa.
|
||
Obligaciones del empleador:
ü
Pagar la totalidad de la cotización de los
trabajadores.
ü
Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad
administradora de riesgos profesionales correspondiente, dentro de los plazos
que para el efecto señale el reglamento.
ü
Procurar el cuidado integral de la salud de los
trabajadores y de los ambientes de trabajo.
ü
Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud
ocupacional de la empresa, y procurar su financiación.
ü
Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, losaccidentes
de trabajo y las enfermedades profesionales
ü
Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social el comité paritario de salud ocupacional o el vigía ocupacional
correspondiente.
|
||
Obligaciones
del empleado:
v
Procurar el cuidado integral de su salud.
v
Suministrar información clara, veraz y completa sobre
su estado de salud.
v
Colaborar y velar por el cumplimiento de las
obligaciones contraídas por los empleadores en este decreto.
v
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los
programas de salud ocupacional de la empresa.
|
||
Obligaciones
de la ARP:
Ø
Aceptar a todos los afiliados.
Ø
Asesorar a las empresas en cuanto al diseño del
programa y salud ocupacional.
Ø
Capacitación básica para brigadistas de emergencia.
Ø
Fomentos de estilos de vida y trabajos saludables.
Ø
Asesoría técnica.
Ø
Vigilancia y control empresas afiliadas.
|
||
PRESTACIONES
|
||
Asistenciales:
Como quirúrgica, terapéutica, farmacéutica, servicio odontológico,
hospitalización, etc.
|
Incapacidad
temporal: La cual será determinada por el medico tratante.
|
|
Incapacidad
permanente o parcial: Sera determinada por el medico o por la comisión medica
interdisciplinaria.
|
Pensión
de invalidez: Es un pago que se recibe por haber perdido el 50% o más de la
capacidad laboral por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
|
|
Pensión
de sobreviviente: Los hijo menores de 18 años,
lo mayores de 18 años y menores de 25, incapacitados para trabajar en razón de sus estudios y si depende
económicamente del causante al momento de su muerte; Y los hijos inválidos si
dependieran económicamente del causante, mientras subsistan las condiciones
de invalidez.
|
Auxilio
funerario: Es un pago único que se hace a la persona que
demuestrehaber sufragado los gastos del entierro de un afiliado o pensionadocorrespondiente
el último salario base de liquidación o la última mesada pensional recibida,
sin que sea inferior a 5 cinco ni superior a 10 diez salarios mínimos legales
vigentes.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario